Calculadora de finiquito y liquidación en México
El finiquito se paga en toda terminación laboral e incluye las partes proporcionales de aguinaldo y vacaciones más la prima vacacional. En cualquier despido corresponde además la prima de antigüedad, y si el despido es injustificado, una indemnización de tres meses de salario (más 20 días por año si la empresa se niega a reinstalar en los casos del artículo 49). Esta herramienta calcula cada escenario.
Total finiquito
$11,988.87
Antigüedad: 3.67 años (1339 días) · Salario diario: $500.00
Finiquito (siempre aplica)
Aviso: esta calculadora ofrece una estimación con fines informativos, basada en la legislación mexicana vigente (cifras oficiales 2026: salario mínimo, UMA, tarifa ISR y subsidio al empleo). No sustituye la asesoría de un contador o abogado laboral. Verifica siempre las cifras oficiales para tu caso y estado.
Fuentes oficiales
- Ley Federal del Trabajo (LFT)
- Decreto de reducción de la jornada laboral (DOF 01/05/2026), LFT arts. 59, 66 y 68
- Ley del Seguro Social (LSS)
- Reforma a la LSS (DOF 16/12/2020), cuotas de cesantía y vejez 2023–2030
- IMSS, Cuotas obrero-patronales
- CONASAMI, Salarios mínimos 2026 (DOF 09/12/2025)
- INEGI, Valor de la UMA 2026
- Infonavit, Aportaciones patronales
- Ley del ISR (tarifas y subsidio al empleo)
- SAT, Anexo 8 RMF 2026 (tarifas de ISR)
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¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?
El finiquito se paga en cualquier terminación (renuncia o despido) e incluye salarios pendientes, aguinaldo y vacaciones proporcionales y prima vacacional. La liquidación aplica en el despido injustificado y suma la indemnización de tres meses de salario y la prima de antigüedad; los 20 días por año se añaden cuando la empresa se niega a reinstalar en los supuestos del artículo 49 de la LFT.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido injustificado?
Según el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, el trabajador puede pedir la reinstalación o una indemnización de 3 meses de salario, más salarios vencidos si el patrón no prueba la causa en juicio. Se suma la prima de antigüedad (12 días por año, con salario topado a dos veces el salario mínimo). Si la empresa se niega a reinstalar en un supuesto del artículo 49, el artículo 50 añade 20 días de salario por año de servicio.
¿El finiquito paga impuestos?
Sí, algunos conceptos del finiquito y la liquidación están sujetos a ISR, aunque existen exenciones (por ejemplo, para la indemnización hasta ciertos límites en UMAs). Consulta a un contador para el cálculo fiscal exacto.